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Gobierno Corporativo

Gestión de riesgos en relación a los asuntos económicos, ambientales y sociales13

El Consejo de Administración tiene las siguientes competencias en materia de control y gestión de riesgos:

(a) Establece los principios y las políticas que, en materia de gestión de riesgos, marcan las líneas generales de actuación de la Entidad y del Grupo, y que serán revisados y actualizados periódicamente.

Asimismo, de considerarse conveniente, aprueba las políticas específicas para los tipos de riesgo más relevantes.

(b) Define las líneas generales de la política de capital de la Sociedad y del Grupo, y determina si se considera conveniente, el exceso de recursos propios que se desea mantener respecto de las exigencias normativas, así como los mecanismos disponibles para garantizar los niveles de solvencia previstos.

Dicha política se plasma en la formulación de unos objetivos corporativos de solvencia. Asimismo, se mantiene al corriente de los resultados de la planificación formal de la situación de solvencia de la Sociedad y del Grupo, que incluye ejercicios que evalúan su capacidad financiera para afrontar eventuales escenarios de crisis.

(c) Delimita los diferentes ámbitos de gestión del riesgo y asigna la responsabilidad sobre estos.

Para ello, establece una tipología oficial de riesgos y unos niveles de responsabilidad sobre estos, y la combinación de ambos elementos conforma los diferentes ámbitos de gestión.

(d) Dota a la Sociedad y al Grupo de una estructura organizativa adecuada y suficiente en materia de gestión de riesgos, de manera que las responsabilidades asignadas se acompañen de los recursos técnicos y humanos suficientes para el desempeño de las funciones otorgadas.

(e) Está permanentemente informado acerca del nivel de exposición, naturaleza y marco de control de todos los riesgos a los que estén expuestos la Sociedad y el Grupo, y mantiene en cada caso un nivel de conocimiento proporcional a la relevancia del riesgo descrito.

Por otro lado, el Consejo de Administración cuenta con una comisión delegada, la Comisión de Control del Riesgo, con facultades de control y supervisión del sistema de gestión de riesgos de la Sociedad. Sus funciones son, entre otras:

  • Revisar sistemáticamente las exposiciones con los principales tipos de riesgo.
  • Analizar y evaluar las propuestas sobre estrategia y políticas de control de gestión del riesgo del Grupo.
  • Asesorar al Consejo de Administración sobre la propensión global al riesgo, actual y futura, del Banco y su estrategia en este ámbito.
  • Asistir al Consejo de Administración en la vigilancia de la aplicación de la estrategia de riesgos por parte de la alta dirección.
  • Revisar y analizar el mapa de riesgos de la Sociedad y el perfil del riesgo máximo asumible.
  • Examinar si los precios de los activos y los pasivos ofrecidos a los clientes tienen plenamente en cuenta el modelo empresarial y la estrategia de riesgo del Banco. Para ello, debe presentar al Consejo de Administración los oportunos planes de subsanación de los desajustes que se detecten en este ámbito.
  • Examinar, sin perjuicio de las funciones de la Comisión de Retribuciones, si los incentivos previstos en el sistema de remuneración tienen en consideración el riesgo, el capital, la liquidez y la probabilidad y la oportunidad de los beneficios;

Por otro lado, la Comisión Ejecutiva de la Entidad, al igual que el Consejo de Administración, también tiene facultades para analizar los impactos, los riesgos y las oportunidades de carácter económico, ambiental y social.

Durante el ejercicio 2016, las siguientes cuestiones, consideradas como relevantes por la entidad desde un punto de vista social o medioambiental, han sido sometidas a la consideración de los Órganos de Gobierno de Kutxabank:

  • Formulación (Consejo de Administración) y aprobación (Junta General de Accionistas) de las cuentas anuales, individuales y consolidadas, correspondientes al ejercicio 2015.
  • Aprobación, por parte del Consejo de Administración, tras el informe favorable de la Comisión de Control del Riesgo, de la actualización del Marco de Apetito al Riesgo de Kutxabank.
  • Aprobación, por parte del Consejo de Administración, tras el informe favorable de la Comisión de Control del Riesgo, del documento denominado Información con Relevancia Prudencial (IRP) de Kutxabank.
  • Aprobación, por parte del Consejo de Administración, tras el informe favorable de la Comisión de Control del Riesgo, del Recovery Plan 2016.



13 G4-2, G4-46, G4-47, G4-48, G4-49, G4-50